Denuncia: Ejército y policía realizan capturas masivas en Puerto Tejada
Publicado por Larga vida a las mariposas
A las 16:01
[Con Cero Comentarios]
2013/ Mayo 9/ Cauca/
Corporación Colectivo de Abogados Suyana/
DENUNCIA
Ante la comunidad nacional e internacional la
violación al Principio Constitucional de Debido Proceso en las capturas masivas
llevadas a cabo por el Ejército y la Policía, contra 17 jóvenes en
zona rural del municipio de PUERTO TEJADA, en el Norte del
departamento de CAUCA.
Familiares y abogados de personas detenidas
ponemos en conocimiento los siguientes:
HECHOS
Según autoridades del municipio de Puerto
Tejada, el día 21 de abril de 2013 un informante pone en su
conocimiento que en dos predios de esta ciudad presuntamente se estaban
preparando atentados por parte de la guerrilla de las FARC- EP.
El día 26 de abril se realiza un primer
allanamiento sin orden judicial a las 6.05 a.m., al predio denominado “La
Finca”, ubicado en la Calle 6 con Carrera 27 del barrio Santa Elena,
donde ingresa la policía de forma violenta en una volqueta tumbando
la cerca, estrellándose contra la casa y disparando gases lacrimógenos,
bombas de aturdimiento y disparando con armas de fuego a la vivienda donde se
encontraban 13 jóvenes entre los 19 y 24 años, quienes estaban allí
por el enlace de un agente de policía de Puerto Tejada, que los había convocado
para encuentros de futbol con jóvenes vecinos de varios municipios del norte
del Cauca. Los capturados son esposados, sacados en pantaloneta y camisetas de
la selección Colombia, fueron arrojados boca abajo al piso, golpeados, mientras
los amenazaban con dispararles si se resistían, resultando lesionados física y
sicológicamente. A las 11:00 a.m hace presencia la delegada de la
personería y se les permite dejarse las camisetas que tenían, puesto que
pretendían colocarles camuflados a la fuerza; los jóvenes además
estaban aturdidos por las bombas utilizadas en el operativo. Lo anterior pone
en evidencia que el operativo policial no tuvo control alguno al momento
de su inicio, ya que no estuvieron presentes los organismos de control del
Estado, llámese procuraduría o personería, cuyos delegados hicieron
presencia en el lugar cinco horas después de iniciado el operativo.
Un Segundo Allanamiento se realizó el mismo día 26 de
abril de 2013 a las 6.15 a.m., sin orden judicial, en el predio ubicado
en la carrera 27 N. 6-14, allí también ingresó la fuerza pública de forma
violenta tumbando la puerta, lanzando gases lacrimógenos y bombas de
aturdimiento, en la sala de la casa se encontraban cuatro personas: tres
hombres y una mujer, los cuales fueron reducidos y esposados con la cabeza boca
abajo y con la amenaza permanente de no mirar hacia las habitaciones o de
lo contrario les disparaban; en este operativo no hubo presencia de ninguno de
los entes de control existentes pues solo llegaron hasta las 9:00 a.m.,
permitiendo así que los militares actuaran sin control alguno. Los
capturados son trasladados en helicóptero, en un cinematográfico despliegue
militar ordenado por el Ministro de Justicia desde Puerto Tejada hasta la
ciudad de Cali.
La audiencia de legalización del allanamiento y la legalización de elementos materiales probatorios se inició a las 11:00 a.m. del día 27 de abril de 2013, terminando a las 8:00 p.m. y la audiencia de legalización de captura comenzó a las 8:15 p.m. del mismo día, 37 horas después, significando que se inicia por fuera del término legal establecido, es decir, dentro de las 36 horas a la lectura de los derechos del capturado, tal como lo indican los artículos 28 y 29 de la Constitución y el mismo artículo 2º y 302 del Código de Procedimiento Penal, situación que llevó a la defensa a exponer que la captura era ilegal por vencimiento de términos, sin embargo esto lo pasó por alto el juez de control de garantías.
Igualmente, el procedimiento del registro de
allanamiento fue irregular ya que no se leyó el Acta de Procedimiento de
Registro a los detenidos, la cual tampoco fue firmada, además
no se cumplió con el requisito de los formatos de actas de incautación,
lo que a su vez indica que los elementos materiales probatorios
encontrados en el procedimiento policial sobre el papel no se sabe con
certeza de quien son.
La audiencia de legalización de captura se inició a la
hora 37 y se decidió sobre la misma aproximadamente a la hora 42, pasando la
fiscalía y el juez de control de garantías por encima de la Constitución
y la ley, situación que fue expuesta por la defensa, violándose así
los derechos de los capturados, avalando los errores
jurídicos cometidos por la fuerza pública, dejando entrever su posición
política por encima de la posición jurídica.
El día 28 de abril a las 9:30 a.m. se inició la
audiencia de imputación de cargos, estos fueron: Concierto para
delinquir, uso de insignias y uniformes, falsedad marcaria, receptación, entre
otros; la fiscalía pasó por alto las recomendaciones del procurador
delegado y el mismo juez del control de garantías, quienes plantearon que
los elementos materiales probatorios arrimados a la audiencia se
circunscribían al delito de rebelión. La audiencia se termina a las 6:00 p.m.
con la negativa al recurso de apelación, a pesar de las reiteradas
irregularidades cometidas por la policía judicial y la misma fiscalía
dictando medida de aseguramiento.
A los detenidos se los llevó a las audiencias
preliminares al día siguiente de la captura violentándose el derecho a la
dignidad humana con la misma ropa, sin oportunidad de aseo personal, además uno
de ellos llevaba la camiseta ensangrentada, se le mostró al juez las
heridas en la cara y la espalda y la única respuesta de la fiscalía y del juez
de control de garantías es, que según los dictámenes de medicina legal los
golpes y escoriaciones de estos muchachos no eran de alarma, porque según una
jurisprudencia sacada a relucir por la fiscalía esto es producto de fuerza proporcional.
EXIGIMOS
Responsabilidad estatal frente a los derechos al
debido proceso, a la vida, la seguridad personal, la integridad física y
psicológica.
AL GOBIERNO NACIONAL, AL MINISTERIO DE DEFENSA Y LAS
AUTORIDADES POLICIALES Y MILITARES respetar el debido proceso, ya que los
iniciados no están vencidos en juicio, ya que se encuentra en la primera etapa
y el gobierno no cuenta con los elementos probatorios para condenarlos sin que
se hayan agotado la competencia de las autoridades judiciales.
AL ESTADO COLOMBIANO
Cumplir con su deber institucional de velar por
la garantía y el respeto a los derechos constitucionales del debido proceso, a
la vida y a la integridad física de los indiciados.
SOLICITAMOS
AL ESTADO COLOMBIANO cumplir con su deber constitucional
de respetar el debido proceso y respetar la vida y honra de los seres humanos
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN: difundir la presente
Denuncia
A LAS ENTIDADES DE CONTROL COMO DEFENSORÍA Y
PROCURADURÍA: realizar acompañamiento en este preocupante caso que está
lleno de muchas irregularidades.
A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES
UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH) el cumplimiento de su mandato como
veedores de que el Estado colombiano cumpla con sus obligaciones
constitucionales y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
A LAS ORGANIZACIONES SOCIALES Y DEFENSORAS DE DERECHOS
HUMANOS NACIONALES E INTERNACIONALES: Respaldar la presente Denuncia enviando
sus cartas a las siguientes direcciones:
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
Presidente de la República
Carera 8 Nº 7-26 Palacio de Nariño Bogotá
/ Fax: (+57 1) 566 20 71
ANGELINO GARZÓN
Vicepresidencia de la República / Carrera 8 Nº
7-57 Bogotá D.C
JUAN CARLOS PINZÓN
Ministro de Defensa / Avenida el Dorado con
carrera 52 Can Bogotá D.C
FERNANDO CARRILLO FLOREZ
Ministro del Interior / Carrera 9ªN. 14 -10
Bogotá D.C
RUTH STELLA CORREA
Ministra de Justicia / Carrera 9 Nº 12c-10 Bogotá
D.C
Fiscal General de la Nación
Diagonal 22b Nº 52-01 – Bogotá D.C
/ Teléfonos: 5702000 – 414 90 00
E-mail: contacto@fiscalia.gov.co, denuncie@fiscalia.gov.co
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