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DENUNCIA PÚBLICA A LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL – CORPORACIÓN COLECTIVO DE ABOGADOS SUYANA



DENUNCIA PÚBLICA A LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL – CORPORACIÓN COLECTIVO DE ABOGADOS SUYANA

DENUNCIA PÚBLICA

Desde el mes de diciembre del año que acaba de terminar se ha venido agudizando la difícil situación de salud que vive la población carcelaria debido a la suspensión de labores de la Entidad Prestadora de Salud Caprecom. Han retirado los medicamentos y los profesionales de la salud que estaban atendiendo a los reclusos. Producto de esto se han venido agravando las enfermedades que padecen los y las reclusas. Un caso concreto y que es sumamente preocupante por las condiciones de hacinamiento extremo es el de la  cárcel de Villa Hermosa en donde no se encuentra funcionando el área de sanidad con suficiencia desde el mes de diciembre.

HECHOS

Producto de la liquidación de la Entidad Prestadora de Salud Caprecom se ha venido desatendiendo el derecho fundamental a la salud de los y las reclusas repercutiendo en el deterioro de la integridad de la población reclusa.

La cárcel de Villa Hermosa en la ciudad de Cali es un establecimiento penitenciario que cuenta con un preocupante nivel de hacinamiento y cuyos internos sufren enfermedades de toda índole han venido agravándose y padeciendo intensos dolores que ponen en riesgo su vida e integridad situación que vulnera sus derechos fundamentales.

El establecimiento carcelario y el sistema penitenciario en general no dan razón sobre quien llegara a cubrir las necesidades que en materia de salud tienen los reclusos.

EXIGIMOS

Que se implementen medidas inmediatas encaminadas a cumplir la labor constitucional del estado de garantizar y proteger el derecho fundamental a la Salud de los reclusos de la cárcel de Villa Hermosa y de la población carcelaria en general.

Que se genere una política estructural que permita garantizar el derecho fundamental a la salud de la población carcelaria a largo plazo y que evite futuras situaciones que como la actual vulneran los derechos de los y las reclusas.

A la comunidad Nacional e Internacional y a las organizaciones defensoras de Derechos Humanos el acompañamiento y atención a las situaciones de riesgo en las que se encuentra la población carcelaria.
A la comunidad Nacional e Internacional y a las organizaciones defensoras de Derechos Humanos se pronuncien frente a la situación que se denuncia en este texto.

RESPONSABILIZAMOS:

Al  Estado colombiano como único responsable de la garantía y protección de los derechos humanos.

A las autoridades nacionales, departamentales  y locales de cualquier situación que se pueda presentar luego de la promulgación de esta denuncia, y de las respectivas acciones jurídicas que se emprendan.

Instituciones a donde se debe dirigir:

Presidente de la República
Dr. Juan Manuel Santos
Cra. 8 # 7-26, Palacio de Nariño.
Santa Fe de Bogotá. Fax:+57.1.566.20.71

Vicepresidente de la República
Tels. (+571) 334.45.07,(+573) 7720130,
Director General (e) del INPEC
BG Jorge Luis Ramírez Aragón.
Ext. 1116

Defensor del Pueblo
Calle 55 # 10-32, Bogotá.
Fax: + 57.1.640.04.91

Procurador General de la Nación
Señor Alejandro Ordoñez
Cra. 5 #. 15-80, Bogotá.
Fax: +57.1.342.97.23; +571.284.79.49 Fax: +57.1.342.97.23;

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